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Europa declara ilegal un impuesto aplicado a la gasolina entre 2013 y 2018: hay 6.500 millones de euros en juego

Cuando pagamos un litro de gasolina, entre el 40 y el 50% del gasto son impuestos. Este porcentaje puede variar mucho y, curiosamente, cuanto más cara está la gasolina menos dinero (porcentualmente) en impuestos estaremos pagando.

Esto sucede por que una parte de los impuestos que desembolsamos al pagar el combustible representan una cantidad fija e invariable y otros se calculan porcentualmente. Todo esto te lo contamos en Xataka donde explicamos que los impuestos del combustible se dividen en las siguientes tasas:

  • IVA: 21%
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos: depende del combustible respotado

Este Impuesto Especial sobre Hidrocarburos cuenta con un tramo general congelado desde 2019 con las siguientes cifras:

  • Gasolina sin plomo 98: 431,92 euros/1000 litros o 0,432 euros/litro.
  • Gasolina sin plomo 95: 400,69 euros/1000 litros o 0,401 euros/litro
  • Diésel: 307 euros/1000 litros o 0,307 euros/litro.

A esta cifra hay que sumar el conocido como tramo especial, que añade otros 7,2 céntimos/litro. Con todo, el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos queda de la siguiente manera:

  • Gasolina sin plomo 98: 0,504 euros/litro.
  • Gasolina sin plomo 95: 0,473 euros/litro
  • Diésel: 0,379 euros/litro.

Pero este tramo especial de 7,2 céntimos/litro se viene aplicando desde 2019. Antes, entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2018, el tramo especial constaba de montantes distintos. El primero lo aplicaba el Estado y el segundo lo aplicaban las Comunidades Autónomas, que podían elegir la cifra que ellas quisieran aplicar hasta un máximo de 4,8 céntimos litros. Es decir, el tramo especial entre 2013 y 2018 quedaba de la siguiente manera:

  • Tramo especial definido por el Estado: 2,4 céntimos/litro
  • Tramo especial definido por las CCAA: de 0 a 4,8 céntimos/litro

Es decir, el consumidor podía estar pagando en una comunidad autónoma un total de 2,4 céntimos/litro del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos y, en un viaje, pagar hasta 7,2 céntimos/litro por la misma tasa. Esto se acabó en 2019 cuando el Estado igualó al alza lo que se pagaba en todas las comunidades autónomas, quedando los actuales 7,2 céntimos/litro lineales para este impuesto.

Ahora, Europa ha declarado ilegal que lo sucedido entre 2013 y 2018 fue ilegal.

La Unión Europea abre la puerta a las reclamaciones

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal el tramo autonómico que se aplicó en el Impuesto Especial Sobre Hidrocarburos durante cinco años en España.

Según su sentencia, “la directiva se opone a una norma que autoriza a las regiones a establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y uso en función del territorio”, como se puede leer en este enlace.

La declaración de ilegalidad abre la puerta a que los consumidores reclamen el dinero pagado durante ese tiempo en combustible que, como decimos, podía variar entre 0 y 4,8 céntimos/litro en función de la comunidad autónoma donde se rellenara el depósito.

La cantidad total que podrían reclamar los conductores, señalan en El País, no está del todo clara y no ha sido confirmada por Hacienda pero se calcula que podría elevarse a más de 6.500 millones de euros. Esta cifra es la suma de todo el dinero obtenido durante los años que el tramo autonómico del Impuesto Especial Sobre Hidrocarburos estuvo activo.

La devolución del dinero no está clara por cómo se aplicaba el pago del propio impuesto, señalan algunos expertos

En cuanto a la reclamación de este dinero por parte de empresas y particulares, en ABC recogen que los expertos consultados confirman que se abre un panorama incierto. Señalan que “el impuesto se devenga cuando sale del depósito en dirección al punto de distribución, de forma que es la empresa de almacenamiento la que lo carga al distribuidor y lo ingresa en las arcas de Hacienda”.

De hecho, la batalla judicial se desencadenó porque CLH, TEPSA y SECICAR (dedicadas a la distribución del combustible) repercutieron a DISA (uno de sus clientes) el pago del impuesto entre 2013 y 2015 ante Hacienda. Esta última empresa reclamó ante Hacienda que el tipo autonómico del impuesto era contrario a la directiva europea.

Ahora, Europa ha dado la razón a DISA, señalando que ese tramo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos aplicado entre 2013 y 2018 fue ilegal.

Esto es importante porque, señalan desde ABC, “los actores que pagan el impuesto, las gasolineras y los consumidores finales, no son sujetos pasivos y según lo que se ha sido hasta la fecha una doctrina asentada de la Agencia Tributaria no estarían legitimados para reclamar su devolución“.

En el caso de iniciar los trámites para solicitar la devolución, recalcan en el diario, será el Tribunal Supremo el que tenga que confirmar si ésta debe o no realizarse. Señalan también que en todo el proceso por la aplicación del propio impuesto es complicado demostrar que las estaciones de servicio hayan aplicado el impuesto a los transportistas.

En caso de que el Tribunal Supremo no permitiera la devolución, en ABC señalan que los afectados podrían “instar la responsabilidad patrimonial del Estado o en última instancia acudir a la vía civil para exigir una compensación”. Toda esta incertidumbre es probable que haga que solo las empresas que calculen un reembolso de dinero lo suficientemente alto traten de iniciar los procesos administrativos, por lo que es de esperar que, de devolverse el dinero, la cuantía sea muy inferior a los 6.500 millones de euros antes mencionados.

Imagen | BP

En Xataka | Impuestos de la gasolina y gasoil: qué pagas realmente cada vez que llenas el depósito

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